Nuevos reportes de Precios de Transferencia. Implementación local del Plan BEPS
nuevos reportes de precios de transferencia. implementación local del plan beps
Por David Medina. Socio Senior
TEMAS RELACIONADOS
El pasado viernes, mediante modificación al Reglamento de la Ley del impuesto a la Renta, se confirmó que los nuevos reportes de Precios de Transferencia para Perú son concordantes con el estándar sugerido mediante la Acción 13 del Plan BEPS.
Denominada “Documentación de Precios de Transferencia y Reporte País por País”, la Acción 13 forma parte de los 15 aspectos que impulsa la OCDE para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de utilidades, conocidas en conjunto como el Plan BEPS. Esta acción persigue tres objetivos básicos:
Asegurar que los Grupos Multinacionales consideren el principio de valor mercado al momento de establecer las condiciones de sus operaciones intragrupo.
Proveer a las administradoras fiscales de información que les permita evaluar de manera eficiente que Grupos Multinacionales muestran riesgos en materia de Precios de Transferencia.
Proveer a las administradoras fiscales de la información necesaria para conducir auditorías rigurosas en materia de Precios de Transferencia.
Para lograr estos objetivos, se desarrollaron tres formatos de requerimiento de información que deben ser presentados por los Grupos Multinacionales de manera recurrente, en aquellas jurisdicciones que requieran información del resultado de su actividad económica.
En este contexto, el Decreto Supremo N° 333-2017-EF, determina la información mínima que deben contener estos reportes, y otros puntos importantes. A continuación, se resume la información que se tiene hasta el momento para cada reporte:
1. Reporte Local
El objetivo del reporte local es asegurar que el contribuyente cumple con el principio de valor de mercado, en sus operaciones materiales que afectan una jurisdicción. Para lograr este objetivo, el Reporte Local recoge información detallada en tres campos: El aumento de este flujo de información afectará la manera en que se realizan los análisis de Precios de Transferencia, principalmente en dos aspectos:
Contribuyente: Estructura organizacional, directivos, negocio y competidores.
Transacciones: Descripción, montos, funciones, riesgos y activos utilizados, test del beneficio, métodos de análisis utilizados, resultados y toda la información de soporte (Criterios de obtención de comparables, información de negocio y financiera de comparables, cálculos y supuestos aplicados).
Información financiera: Estados financieros del contribuyente y compañías comparables.
1.1. Quién debe presentar la declaración Reporte Local
La Acción 13 determina que todas las entidades del Grupo Multinacional deben presentar el Reporte Local en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, cada país debe buscar un balance entre el beneficio de disponer de esta información y los costos generados al sector empresarial.
Considerando lo anterior, la OCDE recomienda establecer menores requerimientos para empresas pequeñas y medianas; así como establecer umbrales de materialidad. En general, recomienda establecer criterios razonables, considerando el tamaño de las empresas locales, de la economía del país, y de los grupos multinacional que participan en ella.
La norma peruana establece como umbral ingresos mayores a 2,300 UIT, es decir que solo las grandes empresas estarán en obligación de presentar a SUNAT el Reporte Local.
1.2. Posible fecha de presentación
La Acción 13 recomienda establecer como fecha máxima de presentación del Reporte Local aquella en la cual el contribuyente hace su declaración de renta. Si bien aún está pendiente definir la fecha de presentación, considerando la consistencia que se está teniendo con las guías del plan BEPS, se puede esperar que la fecha de presentación sea junto con el calendario de presentación del impuesto a la renta de cada año.
2. Reporte Maestro
El objetivo del Reporte Maestro es ayudar a la administración tributaria a obtener información para el análisis de riesgos de precios de transferencia. Presenta una visión general del negocio del Grupo Multinacional, se enfoca en los siguientes campos:
Grupo Económico: Estructura legal, de propiedad y geográfica.
Negocio: Factores generadores de beneficios, cadenas de suministros, mercados geográficos, análisis funcional de creación de valor por entidad, eventos de reestructuración.
Servicios Intragrupo: Acuerdos, descripción de los centros prestadores, políticas de asignación de costos y fijación de precios.
Intangibles: Descripción de políticas de desarrollo, propiedad y explotación de intangibles, listado de intangibles significativos, acuerdos intercompañía relacionados, políticas de precios de transferencia, descripción de las operaciones de transferencia de intangibles.
3. Reporte País por País
El objetivo del reporte país por país es hacer una evaluación profunda de riesgos de precios de transferencia y otras formas de traslado de beneficios. También puede ser utilizado como fuente de información para análisis estadísticos y económicos.
El Reporte País por País contiene información cuantitativa respecto de la actividad económica en cada país y funciones realizadas por cada empresa. La Acción 13 propone que el Reporte País por País se llene mediante tablas estándar, conteniendo:
Información económica: Ingresos, resultados de utilidad, impuestos pagados y devengados, capital, utilidades acumuladas, cantidad de trabajadores y activos importantes.
Información de funciones: Lista de cada compañía integrante del Grupo Económico especificando jurisdicción y actividades realizadas.
Otros aspectos importantes. Test de Beneficio
La legislación peruana incluye dentro del Reporte Local información relativa al “test del beneficio”, el cual no forma parte de la Acción 13. Este concepto deriva una resolución de la Corte Suprema de India en materia de Precios de Transferencia, donde se estableció la obligación de demostrar la existencia, necesidad y precio de mercado para operaciones de servicios entre partes vinculadas.
Por excepción, la información soporte del test del beneficio no requiere ser parte del Reporte Local referente al ejercicio 2016.
Comentarios finales
Resulta complicado definir que contribuyentes locales no matrices deberán presentar el reporte País por País; esto dependerá del avance en la firma de los AAC con los países con los cuales tengamos establecidos CDI, AIIT y la CAAMMT pendiente de ratificación. Mas aún, la posibilidad del fisco en obtener el Reporte País por País mediante transmisión automática, deberá ser comprobada hacia la fecha de vencimiento de la obligación. Por lo tanto, es importante que los contribuyentes inicien las consultas internas para averiguar si sus matrices están en obligación de presentar el reporte País por País, si han designado un representante para su presentación y cuál es el avance de dicho reporte.
Considerando los nuevos flujos de información, creemos importante que los contribuyentes tengan clara la realidad económica de sus transacciones intercompañía y sus políticas de precios de transferencia.
Teniendo en cuenta los últimos cambios normativos en materia de precios de transferencia siguen las recomendaciones del Plan BEPS, es factible que junto con las indicaciones operativas de la presentación de la nueva declaración “Formulario Virtual 3560”se establezca también un umbral de materialidad por tipo de operación.
OTRAS PUBLICACIONES
Precios de Transferencia. Perspectivas en Paraguay
En el año 2019 Paraguay entró en un proceso de reforma tributaria orientado a cumplir las exigencias de una economía globalizada. La promulgada “Ley de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional” o “Ley nº 6380/19” planteó cambios... Leer más
¿Utilizar información financiera interna o externa?
En la aplicación de las metodologías basadas en márgenes de utilidades, pueden surgir dudas respecto a qué Estados Financieros utilizar cuando existen diferencias entre la información financiera que refleja el negocio de un contribuyente y la información utilizada para determinar... Leer más
Estado del intercambio automático del Reporte País por País en AL
Al inicio del 2018, 68 de los 114 países participantes de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria (CAAMMT) han firmado además su participación en el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes (AMAC) ... Leer más